Las Funciones del Presidente Internacional y del Secretario-Tesorero Internacional

El Presidente Internacional es el dirigente que preside la Convención y es el presidente de la Sesión General, pero en cualquier momento puede solicitarle a cualquier otro delegado que presida temporalmente. El Presidente presentará un informe de las actividades de la unión desde la última Convención. El Presidente sirve como miembro ex oficio de todos los comités de la Convención excepto los comités de Credenciales y de Elecciones.

El Presidente es responsable por la aplicación de las reglas de orden y cuenta con la ayuda de un experto en reglas y procedimientos durante toda la Convención. Como presidente de la Convención, el Presidente decide en lo relativo a las votaciones a viva voz y de pie, da la palabra a las personas que desean hablar, convoca a los presidentes de los comités para que presenten informes, presenta a los invitados y oradores y guía a los delegados en los importantes asuntos de la Convención.

El Secretario-Tesorero Internacional sirve como secretario de la Convención. El Secretario-Tesorero emite la Convocatoria a la Convención a todas las locales, los concilios y los capítulos de jubilados, y en la sesión de apertura, lee esta Convocatoria para iniciar, de esta manera, los asuntos de la Convención.

Es responsabilidad del Secretario-Tesorero recibir las credenciales de los delegados y presentarlas al Comité de Credenciales. El personal del Secretario-Tesorero trabaja con el comité para suministrar la información necesaria sobre si las locales cumplen con los requisitos constitucionales para su representación en la Convención y para asignar a cada local el número de votos a los cuales tiene derecho según la Constitución Internacional.

El Secretario-Tesorero también recibe propuestas de resoluciones y enmiendas constitucionales y las distribuye de conformidad con la Constitución Internacional. Durante la Convención, el Secretario-Tesorero también mantiene un acta de los procedimientos. Las actas se distribuyen a todos los delegados, locales, concilios y capítulos de jubilados después de la Convención.